Jenaro Fernández (1909-1972) es una figura clave que llevó a la Recolección Agustiniana a fijar, conocer, promover y divulgar sus orígenes carismáticos tras el Vaticano II. Con la ayuda del historiador recoleto Ángel Martínez Cuesta nos acercamos a este religioso que quería ser amable, sonriente y un misionero diseminador del evangelio: quería ser santo.
El 17 de julio de 1931, nada más terminar su formación inicial, salió de Villaviciosa rumbo a Roma, a donde llegó el 30 del mismo mes. Allí se encontró con otros diez recoletos inscritos en la Facultad de Teología de la Universidad Gregoriana. Él, al tener ultimados los estudios teológicos, se matriculó en la Facultad de Derecho Canónico.
En el primer año, introductorio, alternó el estudio del Derecho Público y Privado con el de la Teología Moral. Obtuvo el bachiller, necesario para inscribirse en la licenciatura, con su habitual brillantez y tres materias opcionales: Economía social, Apologética y Los milagros de Cristo en la Iglesia Católica, opciones que revelan sus intereses pastorales.
Donde aparecen con nitidez es en las notas de sus cuadernos. Transcribe pensamientos de autores famosos, pero lo que realmente atrae su atención son la vida de los santos y la la defensa y difusión del mensaje cristiano. Con singular gusto debió de seguir la Apologética, en la que Sebastián Tromp desarrolló un tema que siempre fue de su agrado: Sobre métodos prácticos para defender y proteger la fe.
El 24 de enero de 1932 se ordenó de sacerdote en San Juan de Letrán y el 2 de febrero celebró su primera misa solemne, ante la Curia general en pleno, sus compañeros y 14 agustinos descalzos que reforzaron el coro para la Missa cum jubilo. En la estampa-recuerdo reprodujo un texto atribuido a san Agustín sobre la dignidad del sacerdote, “en cuyas manos se encarna el Hijo de Dios al igual que lo hizo en el útero de la Virgen”.
A fines de octubre de 1932 se matriculó en el primer curso de licencia con cuatro materias obligatorias y una opcional. Las obligatorias eran Código de Derecho Canónico, Derecho Romano y Filosofía y Fuentes del Derecho. La opcional, dictada por Félix Capello, era Derecho misional. Desde el 8 de marzo al 24 de mayo frecuentó la Academia para los ejercicios prácticos de la Facultad de Derecho, en la que actuó de secretario. En ella leyó un escrito sobre la naturaleza del magisterio eclesiástico.
En el segundo curso las materias obligatorias fueron Código Derecho Canónico, Derecho Público y Derecho Romano, y añadió una opcional sobre Derecho Internacional. El 6 de julio de 1934 presentó el examen oral de final de carrera, al día siguiente hizo el ejercicio escrito y el 9 se licenció con la nota magna cum laude.
La consecución de la licencia podría haber puesto punto final a sus estudios y a su estancia en Roma. Quizá fuera esa su convicción cuando el 10 de septiembre subió al tren que lo condujo a España. Pero no eran esos los planes de sus superiores.
El 7 de noviembre estaba de vuelta en Roma para inscribirse en el Doctorado. Era el primer agustino recoleto que optaba al título tras la promulgación de la constitución Deus Scientiarum Dominus (24 de mayo de 1931), que exigía para ello la redacción de una tesis sobre un tema relacionado con el campo cubierto por la facultad respectiva.
El primer año cursó Derecho Político-Administrativo, Elementos de Derecho Civil e Historia del Derecho Canónico, más un curso de Teología moral dictado por Francisco Hürth y el ejercicio escrito, que debió de versar sobre la Regla de san Agustín, texto que luego reprodujo casi íntegramente en su tesis doctoral.
Los tres años siguientes elaboró su tesis doctoral en condiciones nada fáciles. El tema, La figura jurídica de la Recolección agustiniana, era novedoso y resbaladizo. Faltaban investigaciones de base y la literatura secundaria era escasa y de baja calidad. Era un asunto inmerso en la fase del sentimiento y, por tanto, difícil de afrontar con objetividad.
Jenaro saltó por encima de esos obstáculos con entusiasmo y constancia. Su laboriosidad, su sentido de la responsabilidad y su amor visceral a la Recolección le sostuvieron. Esa total identificación podría haber comprometido su objetividad, pero ese peligro quedó contrarrestado por su serenidad y una connatural honradez que no le permitía adoptar actitudes contrarias a los dictámenes de su conciencia.
No fueron esos los únicos escollos, pues surgieron otros que habrían podido dar al traste con la tarea. El 2 de septiembre de 1935 tuvo que abandonar Roma y dedicarse a trabajos que exigían dedicación completa. De octubre de 1935 a junio de 1936 fue el maestro de espíritu de los seminaristas recoletos en San Sebastián y Artieda (Navarra).
Luego fue requerido en Granada para resolver sus problemas con el servicio militar. Cuando había logrado zanjarlo, el 18 de julio estalla la guerra civil en España y una enfermedad le obligó a guardar cama 36 días. Continuó después en Granada lejos de los libros, dedicado a asistir enfermos y hasta condenados a muerte.
El 7 de marzo de 1937 pudo salir por fin de España y, tras tres días de viaje, llegó a Roma en compañía de los recoletos Javier Berdonces y Julio Miranda. Inmediatamente reanudó la tesis. El 10 de diciembre firmaba el escrito para su defensa, donde resumía su contenido en quince puntos:
- Agustín fundador.
- Continuidad de la Orden de San Agustín.
- Regla de san Agustín.
- Autor de la Recolección.
- Enunciado de su figura jurídica.
- Su fin: deseo de mayor perfección.
- Su primera configuración jurídica.
- Su legitimidad.
- Primer desarrollo.
- La Recolección como Provincia (1602-1621).
- La Recolección erigida en Congregación (1621).
- Principales vicisitudes: incorporación de la Recolección colombiana (1604-1668), visita apostólica de fines del siglo XVII, visita regia (1770), desamortización (1835).
- La Recolección elevada a Orden independiente (1612).
- Constituciones de 1928 y de 1937.
Terminaba con unas palabras sobre la importancia de este trabajo y el deseo de que redundara en honor de su madre, la Recolección: “por amor la elaboré y por amor continúo perdiendo la vista en los Archivos Vaticanos”.
El 17 de enero de 1938 cumplió el penúltimo requisito con la presentación de la lectio magistralis ante un tribunal formado por Miguel Mostaza, Fabio Cappello, Ramón Bidagor, José Nemesio Güenechea y Juan Lo Grasso. Expuso la naturaleza del estado religioso según los cánones 487 y 488 del Código de Derecho Canónico de 1917. Mereció la calificación de summa cum laude, misma nota que obtuvo cuatro días después en la defensa pública.
Este triunfo académico culminó el 7 de noviembre con un acto solemne en el que el cardenal Eugenio Pacelli le entregó la medalla de oro de la Faculta de Derecho de la Universidad Gregoriana.
Los Recoletos reconocieron inmediatamente el valor de la tesis de Jenaro e imprimieron 550 ejemplares que los religiosos recibieron con general aplauso. Lo mismo cabe decir del mundo académico, pues las recensiones en revistas especializadas fueron numerosas y elogiosas.
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