La Federación de Monjas Agustinas Recoletas de México cumple 25 años y ya se ha expandido por México, Estados Unidos, Brasil, Kenia. Ha permitido que cada uno de los monasterios asociados participe de actividades y recursos comunes en materia de formación inicial y permanente, pastoral vocacional y administración económica.
A. De la consagración solitaria a la consagración en comunidad
Una vez que la cristiandad comenzó a vivir en paz, sin sufrir las continuas persecuciones del Imperio Romano, comenzó a propagarse con más fuerza el género de vida de los anacoretas, de los cenobitas y de las vírgenes consagradas. Las circunstancias permitían que hombres y mujeres decidieran “separarse del mundo” y entregarse a una vida de oración.
Sin embargo, las mujeres que profesaban virginidad fueron congregándose para vivir la vida en común; en unas pocas décadas, sólo los varones siguieron un género de vida solitario. La Iglesia recomendó la vida común para las mujeres, y poco a poco dejaron de existir mujeres consagradas que viviesen en sus propias casas. De hecho, en determinado momento de la historia, la Iglesia dejó de reconocer la vida contemplativa femenina privada o personal. Nacieron así los monasterios femeninos de vírgenes consagradas. Para los comienzos de la Edad Media había desaparecido ya la opción de vida solitaria femenina.
En los siglos XVI y XVII aparecen las congregaciones de mujeres. A las órdenes de varones se fueron agregando órdenes de monjas que profesaban desde la clausura el mismo carisma y fuentes fundacionales que las órdenes masculinas. Casi todas las órdenes monásticas y mendicantes establecieron su rama femenina.
El nacimiento de la vida religiosa femenina activa (no de clausura) en el siglo XVI se da cuando muchos monasterios contemplativos comenzaron a adoptar ciertas obras de apostolado. Más tarde se dedicaron a la educación y obras de caridad, generándose así los dos tipos de vocación: contemplativa y apostólica. Así la Iglesia ganó la riqueza que hoy conocemos de estilos de vida religiosa femenina.
El ejemplo testimonial, la oración y el espíritu de sacrificio son los tres pilares del “apostolado” de las monjas de clausura. Viven en monasterios y trabajan con sus manos para ganarse la vida, pero lo hacen de una manera completamente apartada, en las formas, de la sociedad; decimos “en las formas”, porque en realidad conocen bien lo que pasa fuera de los muros de sus monasterios, y sienten cerca de su corazón a todo ser humano de toda condición.
B. De monasterios aislados a monasterios federados
El Papa Pío XII decidió el año 1950 que se aplicase a los monasterios femeninos de clausura lo mismo que ya se había aplicado unos años antes con los masculinos: que pudiesen unirse y apoyarse mutuamente mediante Federaciones.
Este concepto, aunque nacido antes del Concilio Vaticano II, contenía muchos de los rasgos y trazas que el Concilio daría años después a la vida religiosa. Se daba así posibilidad a que el tradicional aislamiento de los monasterios de clausura se flexibilizase para permitir una distribución más fácil y conveniente de los oficios, el traslado de monjas de unos monasterios a otros para cubrir ciertas necesidades (de gobierno, de formación, etc.), el apoyo económico entre los monasterios…
Este movimiento confederativo dentro de la Iglesia se refuerza e impulsa a partir de mediados del siglo XX; junto con las federaciones de monasterios autónomos de monjas surgieron otros movimientos muy comunes para nuestro tiempo, pero nacidos de este impulso: las conferencias de superiores mayores o las sectoriales de religiosos y religiosas de vida activa como la CONFER (Conferencia española de religiosos), la CIRM (Conferencia de superiores mayores de religiosos de México) o la CRB Confederación de religiosos de Brasil); y ya después del Concilio, las conferencias episcopales.
Desde 1950, la Iglesia recomendó “encarecidamente” que se creasen estas Federaciones de monasterios de monjas, “tanto para evitar los daños que más grave y fácilmente pueden sobrevenir a los monasterios del todo independientes y que en gran parte pueden eficazmente evitarse mediante la unión, como para fomentar los bienes espirituales y temporales”, según reza la instrucción de la Sagrada Congregación de Religiosos que intenta llevar a la práctica lo indicado por Pío XII. Estas Federaciones no se consideraron nunca “impuestas” u obligatorias, pero sí “necesarias”.
De hecho, el 7 de marzo de 1951 hubo una circular dirigida a los superiores de las órdenes religiosas masculinas urgiendo a que explicasen a sus hermanas de vida de clausura las nuevas instrucciones sobre las Federaciones para animar a su constitución en los diversos monasterios. La Orden de Agustinos Recoletos cumplió con esta determinación tanto en España como en México.
El 7 de junio de 1956 ya fue fundada la Federación de Monjas Agustinas Recoletas de México, pero varios motivos impidieron su funcionamiento práctico y todo quedó en suspenso hasta 1981, cuando se inicia una campaña de revitalización que terminaría en la declaración de la Santa Sede del 14 de mayo de 1988.
C. Qué son y cómo funcionan las Federaciones de monasterios de monjas de clausura
La forma y modo de comprensión de las Federaciones de monjas es sumamente amplia: en ellas puede haber monasterios federados que dependan del obispo diocesano o del superior religioso; el ámbito de la Federación puede ser supradiocesano, nacional o internacional; puede extenderse a fines y objetivos más o menos amplios; y la limitación de la autonomía de cada monasterio puede ser muy variada: desde conservarla casi intacta, hasta limitar la misma autonomía e independencia, e incluso llegar a un régimen semejante a una estructura centralizada.
Son varias las ventajas y fines generales de las Federaciones de monasterios de monjas de clausura:
- la ayuda fraterna para la conservación, defensa e incremento de la observancia y del carisma fundacional;
- la posible erección de noviciados o de profesorios comunes;
- el refuerzo común de la formación espiritual, técnica y cultural, para que tengan una calidad suficiente en todos los monasterios independientemente de su localización geográfica o del número de hermanas;
- la facilitación del traslado de monjas para las tareas de gobierno y formación, o incluso por motivos de salud, razón de enfermedad o cualquier otra necesidad moral o material;
- la realización común de nuevas fundaciones con la colaboración de todos los monasterios;
- la adopción de medios de promoción vocacional comunes;
- las ayudas económicas entre monasterios.
Para llevar a cabo todos estos cometidos, una Federación cuenta con una serie de órganos de gestión. El más importante es la Asamblea Federal, donde las representantes de los monasterios se reúnen para decidir qué quieren hacer juntos, qué prioridades van a tener en los tiempos venideros y qué necesitan para salvaguardar y promover su propia vocación.
La Asamblea Federal es el órgano supremo de gobierno de la Federación y se compone de la reunión de las religiosas representantes de los monasterios con la misión de escoger a la presidenta y al Consejo, y de tratar los asuntos más importantes de la Federación. Normalmente acuden las superioras de cada uno de los monasterios más una religiosa escogida por cada comunidad.
Cuando termina la Asamblea Federal, las personas que se encargan de continuar el trabajo son la Presidenta Federal con su Consejo. No se trata de una superiora (al estilo de los priores generales o provinciales de otras órdenes y congregaciones), sino de una animadora, con un campo de actuación más exhortativo. Suelen contar con una secretaria y una ecónoma para facilitar el trabajo.
Además existe una figura importante para desarrollar las actividades que la Federación ha considerado y aprobado tras la Asamblea Federal: se trata del Asistente Religioso, que apoya, promueve y está al servicio de la Federación y le sirve de nexo de unión con otras instituciones religiosas, como las órdenes y congregaciones de la misma familia o la misma Santa Sede.
En el caso de las Agustinas Recoletas, las dos Federaciones de monasterios de monjas existentes (la de España y la de México) tienen más que ver con las “confederaciones” de tipo civil, puesto que los monasterios federados no pierden su capacidad de autonomía o “soberanía”.
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